Realizar la transferencia de tu vehículo digitalmente es un gran avance para simplificar trámites. Evitá complicaciones innecesarias y ganá tiempo.
Si querés completar este proceso online con éxito, saber qué requisitos necesitás es el primer paso clave. Te lo contamos acá.Fontes e conteúdo relacionado
Para llevar a cabo este trámite, deberás contar con la siguiente documentación:
Acreditación de Identidad:
Es fundamental probar la identidad del comprador, del vendedor, y del cónyuge si el bien adquirido o vendido es de carácter ganancial.
Si sos ciudadano argentino: Presentá tu DNI en formato digital o físico. Si tenés 75 años o más, son válidas la Libreta Cívica (LC), Libreta de Enrolamiento (LE) o DNI Libreta.
Si sos extranjero sin residencia permanente: Tu pasaporte será el documento requerido.
Si sos extranjero con residencia confirmada: Deberás exhibir tu DNI.
Si provienes de un país limítrofe: Son aceptados el DNI, Cédula de Identidad (CI), la CI emitida en tu país de origen o el pasaporte.
Importante: No se considera válida la constancia de documento en trámite para acreditar identidad.
Si realizas el trámite en nombre de otra persona (como apoderado o representante legal), presentá los documentos que certifican dicha representación y tus facultades.
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Constancia Fiscal del Comprador:
Deberás contar con tu número de CUIT (emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP) o CUIL (otorgado por la Administración Nacional de la Seguridad Social – ANSES).
Alternativamente, podés presentar el CDI mediante los Formularios de Declaración Jurada N° 663 o N° 622 de AFIP.
Si tu número ya figura impreso en el reverso de tu DNI, no hace falta presentar una constancia adicional.
Documentación del Vehículo:
Presentá el Título de Propiedad del vehículo o la Constancia de Asignación de Título (CAT), junto con todas las cédulas que posee la unidad (la Cédula de Identificación del Automotor y las cédulas para autorizados a conducir).
Requerimiento de Verificación Física:
La verificación física del rodado es obligatoria en los siguientes casos:
Automotores que fueron inscriptos por primera vez a partir del 1 de enero de 2001.
Motovehículos cuya inscripción inicial se realizó a partir del 1 de enero de 2004.
Cuando la transferencia se tramita en el registro de la futura radicación del vehículo, sin importar su modelo o año de inscripción original.
En situaciones de transferencia donde se haya extraviado el título.
Consideraciones Específicas:
Para la transferencia de maquinarias: Se exige el Formulario 381 de AFIP, presentado de manera digital.
Declaración sobre el origen de los fondos: Si el monto de la adquisición del vehículo o la suma total de bienes comprados durante el período fiscal excede el límite fijado por la Unidad de Información Financiera (UIF), deberás cumplir con las normativas referentes a la justificación del origen y la licitud de los fondos empleados.